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Boletín para proveedores de COVID-19 | Número 12

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Información del sitio de pruebas de COVID-19

¿Busca información actualizada sobre los sitios de prueba de COVID-19?

En nuestro COVID-19: Información para proveedores En la página, en Recursos, hay una sección de Pruebas donde puede acceder a todos los sitios de pruebas actuales en el Área de servicio de Alliance, por condado.

Nuevas leyes sobre los requisitos del formulario de prescripción de seguridad y los informes CURES

Actualización de ley #1: nuevos requisitos del Formulario de Prescripción de Seguridad

A partir del 1 de enero de 2021, la ley estatal de California (AB 149) exige que aparezcan 15 elementos en los formularios de recetas de seguridad de California. (La lista de elementos se incluye a continuación). La ley estatal también exige que los formularios de recetas de seguridad de California sean producidos por imprentas autorizadas por el Departamento de Justicia de California. Programa de impresoras de recetas de seguridad de California.

A partir del 1 de enero de 2021, los únicos formularios de prescripción de sustancias controladas de California que seguirán siendo válidos y aceptables para las farmacias serán aquellos que posean un número de serie de 12 caracteres y el código de barras correspondiente que cumpla con los requisitos introducidos en AB 149, como el siguiente ejemplo:

Ejemplo de código de barras

Los formularios de prescripción de sustancias controladas deben estar impresos con las siguientes características:

  1. Un patrón “vacío” latente y repetitivo en todo el frente del formulario de prescripción; Si una receta se escanea o fotocopia, la palabra "nulo" aparecerá en un patrón en todo el frente de la receta.
  2. Una marca de agua en la parte posterior del formulario de prescripción; la marca de agua constará de las palabras "Receta de seguridad de California".
  3. Una protección contra vacíos químicos que evita la alteración por lavado químico.
  4. Una característica impresa en tinta termocrómica.
  5. Una zona de escritura opaca para que la escritura desaparezca si se aclara la prescripción.
  6. Una descripción de las características de seguridad incluidas en cada formulario de receta.
  7. (A) Marque seis casillas de cantidad en el formulario para que el médico que prescribe pueda indicar la cantidad marcando la casilla correspondiente donde aparecerán las siguientes cantidades:
  • 1-24
  • 25-49
  • 50-74
  • 75-100
  • 101-150
  • 151 y más

(B) Junto con los cuadros de cantidad, se deberá proporcionar un espacio para designar las unidades a las que se hace referencia en los cuadros de cantidad cuando el medicamento no esté en forma de tableta o cápsula.

  1. Los formularios de prescripción deberán contener una declaración impresa en la parte inferior del formulario de receta que indique que "la receta es nula si no se anota la cantidad de medicamentos recetados".
  2. El nombre preimpreso, la categoría de la licencia, el número de licencia, el número de registro federal de sustancias controladas y la dirección del médico que prescribe.
  3. Marque las casillas del formulario para que el médico que prescribe pueda indicar la cantidad de resurtidos solicitados.
  4. La fecha de origen de la prescripción.
  5. Una casilla de verificación que indica la orden del médico que prescribe de no sustituir.
  6. Un número de identificación asignado a la impresora de seguridad aprobada por el Departamento de Justicia.
  7. Una casilla de verificación junto al nombre de cada prescriptor cuando un formulario de receta enumera varios prescriptores.
  8. Un número de serie exclusivo.

PARA MÁS DETALLES: La Junta de Farmacia, la Junta Médica de California y el Departamento de Justicia de California desarrollaron un documento informativo y preguntas frecuentes con respecto a los nuevos requisitos del formulario de prescripción de seguridad de AB 149.

 

Actualización de la ley #2: requisitos de presentación de informes revisados para sustancias controladas

A partir del 1 de enero de 2021, el Se debe informar la dispensación de una sustancia controlada. al Sistema de Revisión y Evaluación de la Utilización de Sustancias Controladas (CURES) dentro de un día hábil después de que el medicamento se entregue al paciente o al representante del paciente. Anteriormente, el plazo para informar era de siete días después de la dispensación.

Además, esta ley requiere informar la dispensación de medicamentos de la Lista V, además de los Anexos II, III y IV. Este requisito se aplica a los farmacéuticos y prescriptores que dispensan sustancias controladas.

Los requisitos de informes revisados para sustancias controladas se especifican en AB 528 (Baja, Capítulo 677, Estatutos de 2019).

Maximizar la inmunización de rutina durante la pandemia de COVID-19

El impacto del COVID-19 en las inmunizaciones

La pandemia de COVID-19 ha impedido la prestación de atención de rutina, incluidas las vacunas. En todo California, las vacunas infantiles de rutina han disminuido significativamente desde que comenzó la pandemia.

Las vacunas de rutina previenen enfermedades que provocan visitas médicas innecesarias, hospitalizaciones y una mayor presión sobre el sistema de atención médica. Los profesionales de la salud y las familias deben trabajar juntos en este nuevo entorno para garantizar que los niños se pongan al día con las vacunas o se mantengan al día con ellas.

A continuación se detallan algunos pasos a seguir para reforzar la importancia de mantener las vacunas de rutina durante la pandemia y proteger la salud de los pacientes:

 

 

 

Para personal de oficina:

  •  Utilice el registro de vacunación y las funciones de recordatorio y recuperación de registros médicos electrónicos para identificar y contactar a los pacientes que están atrasados en la vacunación contra la influenza.
  •  Identifique y comuníquese con las familias cuyos hijos han omitido dosis de la vacuna o que deben recibir la vacuna contra la influenza. Agregue a esta lista los niños a quienes deberá recibir una segunda dosis de vacuna contra la influenza.
  •  Crear oportunidades de clínicas de acceso y acceso desde el vehículo para personas que necesitan servicios de vacunación sin cita previa para la influenza y otras vacunas de rutina.
  •  Informe a las familias qué precauciones existen para la prestación segura de servicios en persona.
  •  Indique a las familias que están preocupadas o que rechazan las vacunas que una enfermera u otro médico se comunique con la familia para discutir sus inquietudes.
  •  Las pacientes embarazadas deben programarse para un seguimiento y recibir la vacuna durante la próxima cita presencial.

 

Para proveedores de atención médica:

  •  Revisar cada el historial de vacunación del paciente en cada Visita de atención médica para evaluar las vacunas necesarias. Esto incluye tanto controles de rutina como visitas de cuidados intensivos.
  •  No se deben posponer las vacunas si no se dispone de registros. Sin embargo, intente localizar los registros faltantes.
  •  Establecer órdenes permanentes de vacunación para que las utilice el personal para garantizar servicios consistentes para cada paciente.
  •  Siempre examine a los pacientes para detectar contraindicaciones y precauciones antes de administrar una vacuna, incluso si la misma vacuna se administró previamente.
  •  Haga una recomendación firme para la vacuna contra la influenza: su recomendación firme es un factor crítico que afecta si sus pacientes reciben la vacuna contra la influenza.
  •  Cuando los pacientes son atendidos por cualquier visita en persona, asegúrese de que reciban todas las vacunas debidas o atrasadas, incluida la vacuna contra la influenza estacional.

 

Para el equipo de atención:

  •  Conozca las tasas de vacunación de su clínica. ¡Mira tus tarifas mensualmente!
  •  Utilice los informes del portal de la Alianza para calcular las tasas de vacunación.
  •  Escriba sus mensajes sobre vacunas para que todo el personal de la oficina pueda consultarlos.
  •  Capacítese en el Portal y su Registro de Vacunación local para optimizar su sistema de seguimiento. Comuníquese con su representante de Relaciones con proveedores al 800-700-3874, ext. 5504 (lunes – viernes, 8 am a 5 pm)

 

Recursos: