Todas las cartas del plan
La última legislatura las actualizaciones están disponibles en el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS). Para obtener más información, comuníquese con su representante de Relaciones con proveedores.
APL
Conclusiones relevantes de los proveedores
Políticas relacionadas
Todo
- Todo
- 2026
- 2025
- 2024
- 2023
- 2022
- 2020
APL: 26-014
Fecha: 17 de septiembre de 2026
Fecha: 17 de septiembre de 2026
DHCS APL 26-014: Responsabilidades de la evaluación anual de la salud cognitiva para miembros elegibles de 65 años de edad o más.
- El propósito de esta Carta a Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es proporcionar los requisitos a todos los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP, por sus siglas en inglés) sobre la prestación de la evaluación anual de salud cognitiva de Medi-Cal a los miembros elegibles que tienen 65 años de edad o más y que no tienen cobertura de Medicare.
- Según la APL 22-025, los proveedores debían completar la capacitación sobre la evaluación de la salud cognitiva DHCS Dementia Care Aware antes de realizar la evaluación y recibir el reembolso. A partir del 30 de junio de 2025, los proveedores ya no están obligados a completar dicha capacitación para facturar la evaluación anual de la salud cognitiva.
- Los profesionales de atención médica deben garantizar que los proveedores realicen el seguimiento necesario y adecuado en función de las puntuaciones de la evaluación, lo que puede incluir una evaluación adicional o la derivación a un especialista.
- Los proveedores deben seguir documentando la evaluación de la salud cognitiva, la herramienta de detección utilizada, los resultados, la interpretación clínica y cualquier acción de seguimiento en el historial médico del miembro.
- Esta APL reemplaza a la 22-025. Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-014.
APL: 26-012
Fecha: 1 de septiembre de 2026
Fecha: 1 de septiembre de 2026
DHCS APL 26-012: Centros de atención intermedia para personas con discapacidades del desarrollo: beneficio de atención a largo plazo bajo atención administrada.
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es proporcionar los requisitos a todos los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP, por sus siglas en inglés) para las disposiciones de servicios de atención intermedia a largo plazo (LTC, por sus siglas en inglés) para personas con discapacidades del desarrollo, de la iniciativa de estandarización de beneficios California Advancing and Innovating Medi-Cal (CalAIM, por sus siglas en inglés) para los miembros de atención administrada de Medi-Cal.
- Los servicios domiciliarios de los Centros de Atención Intermedia para Personas con Discapacidades del Desarrollo (ICF/DD) están cubiertos por el plan de atención administrada de Medi-Cal. Los proveedores de atención administrada (MCP) son responsables de los servicios médicamente necesarios de los ICF/DD, los Centros de Atención Intermedia para Personas con Discapacidades del Desarrollo con Rehabilitación (ICF/DD-H) y los Centros de Atención Intermedia para Personas con Discapacidades del Desarrollo con Cuidados de Enfermería (ICF/DD-N), incluidos los servicios profesionales, auxiliares y de transporte aplicables. Los miembros continúan recibiendo los servicios del Centro Regional y su Plan de Programa Individual (IPP) no se reemplaza por la atención administrada.
- Los planes de atención médica deben cubrir los permisos de ausencia y los servicios de reserva de cama que correspondan. Se puede autorizar una reserva de cama por hasta siete días naturales por hospitalización, y no se puede requerir una autorización aparte cuando un miembro regresa al mismo centro de atención integral para personas con discapacidad intelectual (ICF/DD Home) con el mismo nivel de atención tras una estancia hospitalaria aguda de siete días o menos.
- Esta APL reemplaza a la 24-011. Para obtener más información, consulte DHCS. APL 26-012.
APL: 26-011
Fecha: 1 de septiembre de 2026
Fecha: 1 de septiembre de 2026
DHCS APL 26-011: Centros de atención subaguda: Beneficio de atención a largo plazo bajo atención administrada
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es proporcionar requisitos a todos los planes de atención administrada (MCP, por sus siglas en inglés) de Medi-Cal sobre las disposiciones de estandarización de beneficios de atención a largo plazo (LTC, por sus siglas en inglés) en centros de atención subaguda de la iniciativa California Advancing and Innovating Medi-Cal (CalAIM), incluida la cobertura para los miembros de Medi-Cal bajo atención administrada.
- La atención subaguda sigue estando cubierta por el plan de atención administrada de Medi-Cal. Los planes de atención administrada deben cubrir los servicios de atención subaguda médicamente necesarios para adultos y niños en todo el estado, y los miembros que reciben atención subaguda permanecen inscritos en el plan de atención administrada en lugar de ser transferidos al plan de pago por servicio (FFS) de Medi-Cal.
- Los planes de atención médica administrada (MCP) deben respetar las solicitudes de autorización de tratamiento (TAR) aprobadas por el DHCS durante un máximo de seis meses después de que un miembro pase del sistema de pago por servicio (FFS) a la atención administrada, o durante la vigencia de la TAR si esta es menor. Las reautorizaciones posteriores pueden aprobarse por un período máximo de un año y deben basarse en la necesidad médica.
- Cuando un miembro abandona un centro de cuidados subagudos para ingresar en un hospital de cuidados agudos, el plan de atención médica debe garantizar la continuidad de la atención y el derecho del miembro a regresar al mismo centro. No se puede exigir una autorización adicional para reservar una cama cuando el miembro regresa al mismo centro con el mismo nivel de atención tras una hospitalización de siete días o menos.
- Esta APL reemplaza a la 24-010. Para obtener más información, consulte DHCS. APL 26-011.
APL: 26-010
Fecha: 1 de septiembre de 2026
Fecha: 1 de septiembre de 2026
DHCS APL 26-010: Centros de enfermería especializada: Beneficio de atención a largo plazo bajo atención administrada
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es proporcionar los requisitos a todos los planes de atención administrada (MCP, por sus siglas en inglés) de Medi-Cal sobre las disposiciones de estandarización de beneficios de atención a largo plazo (LTC, por sus siglas en inglés) en centros de enfermería especializada (SNF, por sus siglas en inglés) de la iniciativa California Advancing and Innovating Medi-Cal (CalAIM, por sus siglas en inglés), incluida la cobertura para los miembros de Medi-Cal bajo atención administrada.
- Los afiliados a Medi-Cal que necesitan servicios de enfermería especializada (SNF) médicamente necesarios permanecen inscritos en su plan de atención administrada en lugar de ser dados de baja y pasar al sistema de pago por servicio (FFS) de Medi-Cal. Los planes de atención administrada (MCP) deben cubrir los servicios de enfermería especializada (SNF) médicamente necesarios, incluidos los servicios de las instalaciones, los servicios profesionales y los servicios auxiliares.
- Los pacientes trasladados de un centro de enfermería especializada (SNF) a un hospital de cuidados intensivos deben poder regresar al mismo SNF si continúan cumpliendo con los requisitos de necesidad médica. No se puede exigir una autorización de reserva de cama por separado cuando el paciente regresa al mismo SNF con el mismo nivel de atención tras una estancia hospitalaria de siete días o menos. Los SNF deben notificar por escrito los derechos de reserva de cama y mantener la documentación requerida.
- Los centros de enfermería especializada (SNF) deben completar el proceso de evaluación previa a la admisión y revisión del residente (PASRR) antes del ingreso para una estancia prolongada. Los proveedores deben estar preparados para proporcionar la documentación PASRR requerida junto con las solicitudes de autorización.
- Esta APL reemplaza a la 24-009. Para obtener más información, consulte DHCS. APL 26-010.
APL: 26-008
Fecha: 29 de julio de 2026
Fecha: 29 de julio de 2026
DHCS APL 26-008: Normas finales de interoperabilidad, incluidos los requisitos de autorización previa.
- El propósito de esta Carta a Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es informar a los planes de atención administrada de Medi-Cal sobre los requisitos de interoperabilidad de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés).
- A partir del 1 de enero de 2027, los proveedores contratados podrán acceder electrónicamente a la información de autorización previa, incluido el estado de la solicitud, las fechas de aprobación o denegación, las fechas de vencimiento y la documentación clínica de respaldo, a través de interfaces de programación de aplicaciones (API) estandarizadas.
- Los planes de salud también deberán proporcionar razones claras y específicas cada vez que se deniegue una solicitud de autorización previa, lo que mejorará la transparencia y ayudará a los proveedores a comprender mejor las decisiones sobre la cobertura.
- Los proveedores deben asegurarse de que su información demográfica y de práctica (incluidas las ubicaciones de las oficinas, los números de teléfono, las especialidades, los idiomas que hablan, si aceptan nuevos pacientes y las adaptaciones de accesibilidad) sea precisa y esté actualizada. Los planes de salud están obligados a actualizar los directorios de proveedores al menos semanalmente.
- Si bien esta APL moderniza el intercambio electrónico de información sobre autorizaciones previas y directorios de proveedores, estos deben seguir los procesos y plazos actuales de presentación de autorizaciones previas de su plan de salud hasta que entren en vigor los nuevos requisitos de interoperabilidad o el plan de salud comunique los procedimientos actualizados.
- Esta APL reemplaza 22-026. Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-008.
APL: 26-006
Fecha: 30 de marzo de 2026
Fecha: 30 de marzo de 2026
DHCS APL 26-006: Programa de incentivos para la calidad del personal en centros de enfermería especializada
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL) es proporcionar a los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP) instrucciones sobre el proceso de pago e intercambio de datos requerido para el Programa de Incentivos de Calidad y Fuerza Laboral (WQIP) de Centros de Enfermería Especializada (SNF). Esta APL reemplaza a APL 25-002.
- Con esta nueva APL, la fecha de finalización del programa ha cambiado. Bajo la APL 25-002, el SNF WQIP estaba autorizado hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, bajo la APL 26-006, la fecha de finalización del programa se acortó al 31 de diciembre de 2025 debido a los cambios en el presupuesto estatal bajo la AB116.
- Desde la implementación de la APL 25-002, el DHCS ha emitido directrices técnicas adicionales, cartas de política y procesos de conciliación relacionados con las métricas de personal, los días de cama que califican y los cálculos de pago. La APL 26-006 refleja una fase operativa más madura del programa, con mayor énfasis en la precisión de las reclamaciones y la notificación de encuentros.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-006.
APL: APL 26-005
Fecha: 25 de marzo de 2026
Fecha: 25 de marzo de 2026
DHCS APL 26-005: Servicios de maternidad para miembros de Medi-Cal embarazadas y en período posparto
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es consolidar y actualizar las directrices para los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP, por sus siglas en inglés) sobre los beneficios de maternidad que los MCP están obligados a proporcionar a las afiliadas embarazadas y en período posparto.
- DHCS ahora define a los miembros posparto como individuos hasta 12 meses después de que finaliza el embarazo, Esto incluye nacimientos vivos, abortos espontáneos, muertes fetales o abortos inducidos. Los planes y los proveedores deben seguir brindando apoyo a los afiliados durante todo el período posparto, no solo durante las tradicionales 6 a 8 semanas.
- Esta APL refuerza los requisitos de cobertura para los servicios de maternidad integrales, que incluyen:
- Cuidado prenatal y de posparto
- Servicios hospitalarios y obstétricos
- Servicios de partería y doula
- Apoyo a la lactancia y extractores de leche
- Tratamiento de la salud conductual y el abuso de sustancias
- Coordinación de la atención y asistencia con el transporte
- Se espera que los planes de atención administrada identifiquen con anticipación a las mujeres embarazadas de alto riesgo y coordinen los servicios que aborden sus necesidades médicas, conductuales y sociales. Esto incluye derivaciones para apoyo en materia de vivienda, comidas adaptadas a las necesidades médicas, transporte y, cuando corresponda, Gestión de Atención Mejorada (ECM) o Apoyo Comunitario.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-005.
APL: APL 26-005
Fecha: 20 de marzo de 2026
Fecha: 20 de marzo de 2026
DMHC APL 26-005 - Cumplimiento del Proyecto de Ley 904 de la Asamblea, Programa de Equidad en Salud Materna e Infantil
- El propósito de esta Carta a Todos los Planes (APL) es informar a los planes de servicios de atención médica (planes) que cubren los servicios de maternidad sobre los requisitos de presentación necesarios para demostrar el cumplimiento y la implementación del Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 904.
- La ley AB 904 exige que los planes de salud que cubren servicios de maternidad desarrollen programas para abordar las disparidades raciales en los resultados maternos e infantiles mediante el uso de doulas antes del 1 de enero de 2025. Estos servicios pueden integrarse en los programas de salud materna existentes o ampliar las iniciativas de doulas ya existentes.
- La APL refuerza la expectativa de que las doulas desempeñan un papel importante en la mejora de los resultados maternos, especialmente para las poblaciones negras, nativas americanas y desatendidas, que se ven afectadas de manera desproporcionada por la morbilidad y la mortalidad materna. Los proveedores deben prever una mayor integración de las doulas en los flujos de trabajo de coordinación de la atención prenatal, del parto y posparto.
- Para obtener más información, consulte DMHC APL 26-005.
APL: 26-003
Fecha: 13 de marzo de 2026
Fecha: 13 de marzo de 2026
DHCS APL 26-003: Medidas de calidad para la actualización de datos de encuentros: Medidas de calidad para datos de encuentros 2.0
- El propósito de esta Carta a Todos los Planes (APL) es notificar a los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP) sobre una actualización de los requisitos de Medidas de Calidad para Datos de Encuentros (QMED) del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS). Esta APL reemplaza APL 14-020.
- Para los encuentros de atención administrada presentados a partir del 1 de enero de 2026, la calidad de los datos de dichos encuentros se medirá trimestralmente como "Aprobado" o "Reprobado" de acuerdo con los requisitos de QMED 2.0.
- Es posible que los proveedores reciban más información sobre la precisión de la codificación, los identificadores de proveedores, los campos obligatorios, los encuentros duplicados y las correcciones de reclamaciones/encuentros para cumplir con estándares de validación más estrictos.
- La demora en la presentación de reclamaciones e informes de atención médica puede afectar negativamente las puntuaciones de cumplimiento de los planes de salud, lo que lleva a los planes a imponer plazos de presentación y procesos de monitoreo más estrictos.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-003.
APL: APL 25-021
Fecha: 23 de febrero de 2026
Fecha: 23 de febrero de 2026
DMHC APL 25-021 – Implementación del Proyecto de Ley del Senado 729 (2024)
- Cobertura ampliada de infertilidad: Este APL implementa Proyecto de ley del Senado 729 (2024), que amplía los requisitos de cobertura del tratamiento de infertilidad para ciertos planes de servicios de atención médica, incluida la cobertura de tecnologías de reproducción asistida como la fertilización in vitro (FIV).
- ¿Quién se ve afectado?: Los requisitos se aplican a los planes de servicios de atención médica para grupos grandes regulados por el Departamento de Atención Médica Administrada (DMHC), con exenciones legales limitadas para los empleadores religiosos calificados.
- Expectativas de implementación y cumplimiento: Los planes de salud deben actualizar los beneficios, las políticas y los procesos operativos para garantizar que la cobertura se brinde de acuerdo con la nueva ley y los plazos aplicables.
- Transparencia del consumidor y del proveedor: Se espera que los planes comuniquen claramente los cambios en los beneficios a los afiliados y proveedores y garanticen el acceso a los servicios de infertilidad cubiertos de acuerdo con la SB 729 y la supervisión del DMHC.
- Por favor, esté atento a las futuras políticas y procedimientos de la Alianza en el Manual de proveedores de la Alianza (si corresponde) correspondiente a esta APL.
APL: APL 26-002
Fecha: 2 de febrero de 2026
Fecha: 2 de febrero de 2026
DHCS APL 26-002 - Responsabilidades del plan de atención administrada de Medi-Cal para servicios de salud mental no especializados (sustituye a APL 22-006)
- Esta APL describe las responsabilidades de los MCP para derivar pacientes y coordinar con los planes de salud mental del condado (MHP) para la prestación de servicios especializados de salud mental (SMHS), incluyendo la provisión de una lista de herramientas de detección de trauma juvenil aprobadas por el Departamento de Servicios de Atención Médica de California (DHCS) para determinar los criterios de acceso al sistema de prestación de SMHS. Esta APL reemplaza a la APL 22-006.
- El mandato federal EPSDT exige que los estados proporcionen todos los servicios médicamente necesarios para corregir o mejorar las afecciones de salud de los niños menores de 21 años. Esto incluye las afecciones de salud mental detectadas mediante un servicio de evaluación, independientemente de si dichos servicios están cubiertos por el Plan Estatal de Medicaid del estado.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-002 y APL 26-002 Anexo A: Herramientas de detección de traumas juveniles aprobadas por el Departamento de Servicios de Atención Médica para los criterios de acceso a servicios especializados de salud mental.
APL: APL 26-001
Fecha: 7 de enero de 2026
Fecha: 7 de enero de 2026
DHCS APL 26-001 - Cita inicial de salud (sustituye a APL 22-030)
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL, por sus siglas en inglés) es brindar orientación a los planes de atención administrada de Medi-Cal (MCP, por sus siglas en inglés) con respecto a los requisitos de las Citas Iniciales de Salud (IHA, por sus siglas en inglés). Esta APL reemplaza a la APL 22-030.
- Los proveedores deben confirmar que la IHA no se realiza si el historial médico del miembro contiene información completa y actualizada de los últimos 12 meses, según lo determine el médico de atención primaria.
- La evaluación inicial de salud debe programarse de forma proactiva y completarse con prontitud en un entorno que facilite una atención integral.
- La evaluación inicial de la salud debe completarse en un entorno clínico apropiado.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 26-001.
APL: APL 25-020
Fecha: 19 de diciembre de 2025
Fecha: 19 de diciembre de 2025
DMHC APL 25-020 (OPL) – Leyes recientemente promulgadas que afectan a los planes de salud (sesión legislativa de 2025)
- Esta Carta para Todos los Planes explica las nuevas leyes aprobadas en 2025 que se aplican a los planes de servicios de salud regulados por el Departamento de Atención Médica Administrada. Incluye un resumen de los 12 proyectos de ley promulgados y cómo afectan los requisitos de los planes.
- Por favor, esté atento a las futuras políticas y procedimientos de la Alianza en el Manual de proveedores de la Alianza (si corresponde) correspondiente a esta APL.
APL: APL 25-016
Fecha: 13 de noviembre de 2025
Fecha: 13 de noviembre de 2025
DHCS APL 25-016: Selección de formato alternativo (AFS) para miembros con discapacidad visual (Reemplaza a 22-002)
- Propósito y alcance: APL 25-016 (vigente a partir del 13 de noviembre de 2025) reemplaza a APL 22-002 y actualiza los requisitos para proporcionar comunicaciones escritas accesibles a los miembros de Medi-Cal con discapacidades visuales u otras discapacidades, haciendo hincapié en el seguimiento y el uso de las Selecciones de Formato Alternativo (AFS) seleccionadas por los miembros.
- Requisitos legales y de comunicación: Reafirma las obligaciones del MCP bajo la ADA y las leyes de derechos civiles relacionadas para proporcionar una comunicación efectiva, dar consideración principal a los formatos alternativos preferidos de los miembros (por ejemplo, Braille, audio, letra grande, electrónica accesible) y garantizar que los avisos del debido proceso se entreguen en el formato accesible seleccionado por el miembro.
- Cambios en el sistema y en los procesos: Se suspende el uso de las pantallas AFS; los miembros deben seleccionar o actualizar formatos alternativos a través de BenefitsCal, Covered California o las oficinas del condado, y MEDS se convertirá en el sistema de registro a partir del ciclo de cambio del 24 de septiembre de 2025 (inscripción de octubre de 2025).
- Datos, cumplimiento y supervisión: Los MCP deben confiar en los 834 archivos de inscripción (incluido un nuevo campo de lenguaje escrito) para obtener datos de AFS, actualizar los flujos de trabajo y las políticas internas dentro de los plazos requeridos, garantizar el cumplimiento de los subcontratistas y proveedores, y están sujetos a monitoreo, planes de acción correctiva y sanciones por incumplimiento.
- Reemplaza la APL 22-002. Para más información, consulte la APL 25-016 del DHCS.
APL: APL 25-013
Fecha: 18 de septiembre de 2025
Fecha: 18 de septiembre de 2025
DHCS APL 25-013: Beneficios de farmacia de Medi-Cal RX y cobertura de terapia génica celular
- Medi-Cal Rx ahora maneja el beneficio farmacéutico a nivel estatal, reemplazando los planes de atención administrada para servicios farmacéuticos para pacientes ambulatorios.
- Esta APL define cómo se divide la cobertura, que incluye Medi-Cal Rx que cubre medicamentos y suministros para pacientes ambulatorios y planes de atención administrada (MCP) que cubren medicamentos administrados por el proveedor.
- Detalla los pasos de apelación formal para farmacias y proveedores sobre reclamos y decisiones de AP.
- Bajo este APL, Medi-Cal Rx cubrirá terapias celulares y genéticas selectas mientras que los MCP mantendrán las tareas de coordinación de la atención.
- Para obtener más información, consulte Sitio web del modelo de acceso a terapia celular y genética del DHCS.
- Esta APL reemplaza toda la carta del plan 22-012.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 25-013.
APL: APL 25-010 del DHCS
Fecha: 3 de septiembre de 2025
Fecha: 3 de septiembre de 2025
DHCS APL 25-010: Herramientas de evaluación y transición de atención para adultos y jóvenes en los servicios de salud mental de Medi-Cal
- Esta Carta para Todos los Planes (APL) proporciona orientación a los planes de atención administrada (MCP) de Medi-Cal sobre herramientas estandarizadas de evaluación y transición de atención a nivel estatal para orientar la derivación de adultos y jóvenes al sistema de salud mental de Medi-Cal adecuado y para la coordinación oportuna de la atención para los miembros que se trasladan entre sistemas. Esta APL reemplaza la APL 22-028.
- Las herramientas deben ser utilizadas por los MCP, los planes de salud conductual y los proveedores contratados al realizar o recibir derivaciones para servicios de salud mental. Herramientas proporcionadas por el DHCS que incluyen la herramienta de detección para adultos (21+), la herramienta de detección para jóvenes (<21) y la herramienta de transición de atención.
- Se requieren herramientas para las derivaciones y la coordinación de la atención, a menos que el miembro ya reciba servicios de salud mental o se autoderive a dichos servicios. Estas herramientas NO deben utilizarse durante emergencias o crisis psiquiátricas.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 25-010.
- Tenga en cuenta las futuras políticas y procedimientos de Alliance en el Manual del proveedor de Alliance (si corresponde) relacionados con esta APL.
APL: DMHC APL 25-011
Fecha: 1 de agosto de 2025
Fecha: 1 de agosto de 2025
DMHC APL 25-011 - Cobertura del plan de salud para la profilaxis previa a la exposición al VIH
- Esta Carta para Todos los Planes (APL) se aplica a todos los planes de salud comerciales de servicio completo y de atención administrada de Medi-Cal en California y requiere la cobertura de todos los servicios preventivos “A” o “B” del Grupo de Trabajo de Servicios Preventivos de los Estados Unidos, USPSTF, incluida la PrEP, sin costo compartido.
- Desde junio de 2019, el USPSTF recomienda la PrEP (clasificación "A") para ciertas personas de alto riesgo. Los planes deben cubrir todas las formulaciones de PrEP aprobadas por la FDA (oral diaria e inyectable de acción prolongada) sin costo compartido.
- La autorización previa y la terapia escalonada para PrEP están prohibidas y los planes también deben cubrir, sin costo, todos los servicios esenciales para el inicio y seguimiento de la PrEP.
- Para obtener más información, consulte DMHC APL 25-011.
- Tenga en cuenta las futuras políticas y procedimientos de Alliance en el Manual del proveedor de Alliance (si corresponde) relacionados con esta APL.
APL: APL 25-009 del DHCS
Fecha: 1 de agosto de 2025
Fecha: 1 de agosto de 2025
DHCS APL 25-009 - Comité Asesor Comunitario
- El propósito de esta Carta para Todos los Planes (APL) es asegurar la participación de los miembros, las familias y la comunidad para asesorar a los Planes de Atención Administrada sobre las necesidades de equidad cultural, lingüística y sanitaria. El Comité Asesor Comunitario (CAC) apoya el programa de servicios cultural y lingüísticamente apropiados de MCP, contribuyendo a una atención centrada en el miembro.
- El CAC proporciona retroalimentación continua sobre la difusión, las comunicaciones, la competencia cultural y los servicios del MCP.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 25-009.
- Tenga en cuenta las futuras políticas y procedimientos de Alliance en el Manual del proveedor de Alliance (si corresponde) relacionados con esta APL.
APL: APL 25-008 del DHCS
Fecha: 14 de julio de 2025
Fecha: 14 de julio de 2025
DHCS APL 25-008: Servicios de cuidados paliativos y atención administrada de Medi-Cal
- Esta APL destaca los requisitos contractuales, reglamentarios y estatutarios aplicables a los planes de atención administrada (MCP) de Medi-Cal con respecto a sus responsabilidades de brindar servicios de cuidados paliativos médicamente necesarios a sus miembros.
- Cuando un miembro elige cuidados paliativos, el MCP debe autorizar y cubrir la atención con prontitud y continuar supervisando el centro para garantizar que la atención cumpla con los estándares médicos. Los MCP también deben coordinar la cobertura y la facturación adecuadamente.
- Hospice no cancela la inscripción de los miembros del MCP, y el MCP seguirá siendo responsable de los servicios que no sean de hospicio, como atención de PCP, medicamentos y suministros de DME.
- El proveedor de cuidados paliativos es responsable de coordinar los servicios de cuidados paliativos. Debe enviar el formulario de elección correspondiente del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) (Aviso de Elección del Programa de Cuidados Paliativos de Medi-Cal) al MCP correspondiente del miembro dentro de los cinco días calendario posteriores a la certificación y la elección de los cuidados paliativos.. Consulte las notas a pie de página en la página 3 del APL para revisar los formularios requeridos..
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 25-008.
- Tenga en cuenta las futuras políticas y procedimientos de Alliance en el Manual del proveedor de Alliance (si corresponde) relacionados con esta APL.
APL: APL 25-007 del DHCS
Fecha: 14 de julio de 2025
Fecha: 14 de julio de 2025
DHCS APL 25-007: Medidas de cumplimiento, CAP, sanciones administrativas y monetarias
- Esta APL aclara la política del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) con respecto a las medidas de cumplimiento, incluyendo planes de acción correctiva y sanciones administrativas y monetarias. El DHCS puede tomar estas medidas para asegurar el cumplimiento de las disposiciones contractuales de los Planes de Atención Médica Administrada (MCP) de Medi-Cal y de las leyes estatales y federales aplicables. Esta APL reemplaza la APL 23-012.
- Los MCP son responsables de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y de las leyes y regulaciones estatales y federales aplicables. También deben garantizar que todos los subcontratistas cumplan con todos los requisitos del contrato.
- Para obtener más información, consulte DHCS APL 25-007.
- Tenga en cuenta las futuras políticas y procedimientos de Alliance en el Manual del proveedor de Alliance (si corresponde) relacionados con esta APL.
- 1
- 2
- 3
- …
- 6
- Siguiente »
